En primera instancia, a la asociación ambientalista, le había sido negada la posibilidad de actuar como parte querellante, por considerar que no se trataba de “damnificados particulares”, explicó la referente de la ONG, Ana Wieman. Esa decisión fue apelada por Árbol de Pie y, ahora, la Cámara hizo lugar al pedido.
La denuncia, había sido presentada luego de un estudio realizado por la Universidad del Comahue en la zona del lago entre Playa Bonita y Puerto Moreno, que arrojó “peligrosos resultados”, consideró Wieman, y se explayó: “La Cooperativa de Electricidad Bariloche, solicitó el análisis bacteriológico y se detectó la presencia de metales pesados como cromo, mercurio y plomo, entre otros”. En esa misma línea, la ambientalista calificó de “grave y altamente contaminante” el hallazgo.
En la Resolución de la Cámara, se hizo hincapié en que artículo 82 bis del Código Procesal Penal, establece que “las asociaciones o fundaciones, registradas conforme a la ley, podrán constituirse en parte querellante en procesos en los que se investiguen crímenes de lesa humanidad o graves violaciones a los derechos humanos siempre que su objeto estatutario se vincule directamente con la defensa de los derechos que se consideren lesionados”.
A la hora de señalar responsabilidades por la contaminación del lago Nahuel Huapi, la referente de Árbol de Pie, apuntó directamente contra el Centro Atómico. “Debido al daño ambiental que la CONEA causó durante 50 años, por arrojar efluentes cloacales sin tratar a las aguas del Nahel Huapi, debe tomar medidas de reparación”, entendió.
Wieman espera además, que el Centro Atómico tenga su propia planta de tratamiento de residuos cloacales porque “la única que existe en la ciudad, está colapsada”, explicó. (ANB)
22 octubre 2019
Interés General