Se revocó la imputación contra Pablo Barreno

Para el juez, Guillermo Bustamante, las evidencias eran "endebles"

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El Juez de Juicio, Guillermo Bustamante, resolvió revocar la imputación contra el legislador y dirigente sindical, Pablo Barreno, quien había sido denunciado por violar la cuarentena en un hecho ocurrido el pasado 18 de Mayo. 

Bustamante consideró que "la evidencia que trajo la Fiscalía a la formulación de cargos y de la que se valió para acusar al imputado, es una evidencia endeble". 

Barreno fue imputado por haber violado el decreto nacional que impuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio, en el marco de la pandemia del coronavirus, a partir de una denuncia planteada por la entonces presidenta del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Liliana Piccinini ante el Procurador General, Jorge Crespo.

El pasado 24 de Febrero, el Juez de Garantías Juan Pedro Puntel tuvo por formulados los cargos.

En la audiencia de hoy, el juez de Juicio argumento que no todos los hechos pueden ser llevados a una acusación, "porque para que ese hecho tenga esa significancia que el Ministerio Público pretende, ese hecho tiene que ser jurídicamente relevante y en ese punto radica el principal problema que tiene la Fiscalía en este caso". 

"Creo que el principal déficit que tienen los cargos formulados están dados porque la Fiscalía no pudo acreditar aspectos objetivos y subjetivos de la conducta que le enrostra al señor Barreno", remarcó Bustamante. 

En este sentido, explicó que "Este es un delito doloso. No dudo de que Barreno conociera la medida (de aislamiento), pero no me queda claro si al momento de formular los cargos se encontraba debidamente probada la voluntad de no acatar la norma. Y esa circunstancia al eliminar el tipo subjetivo, nos deja sin dolo". 

"Los cargos se formulan cuando el tipo penal que se escoge para subsumir la conducta de la persona acusada están debidamente probados, sino no se pueden tener por formulados los cargos", consideró Bustamante. 

El juez manifestó, además, que "jamás un derecho constitucional internacional ejercido regularmente puede configurar un ilícito penal". En este sentido, añadió que "la situación en la que estaba Barreno en el edificio de tribunales, no es la misma situación en la que se encontraban las 4 mil personas infractoras que se mencionó desde la fiscalía, porque el imputado no tienen la mismas condiciones, porque además de ser legislador, es dirigente gremial". 

"Su presencia estaba vinculada con su derecho constitucional a peticionar a las autoridades y ejercer su rol gremial". 

Bustamante consideró que "no podemos permitir que se elasticen los tipos penales, porque si lo hacemos corremos el peligro de criminalizar el reclamo gremial. Y en este país, nosotros como ciudadanos, no podemos permitir eso. El derecho penal tiene que tratar de evitar todas esas cosas". 

Finalmente, el juez manifestó que "no puedo pensar que el dolo del señor Barreno era incumplir las normas. En todo caso el dolo del señor Barreno era controlar si las condiciones de trabajo que se ofrecían para los compañeros suyos, que representa, eran las óptimas o no. No se le permitió hacerlo y se retiró".

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