El Poder Judicial de
Río Negro aprobó el proceso de inclusión laboral para personas con
discapacidad, tras el dictado de una Acordada por parte del STJ. De esta
manera, se habilitó el mecanismo específico para cumplir con el objetivo que al
menos un 4 por ciento del personal del Poder Judicial esté cubierto por
personas con discapacidad. Este nuevo paso tiende a hacer más operativa esa
decisión.
El Poder Judicial
asumió así lo que la Ley Nacional N° 25.689 ordena cumplir a todos los
organismos públicos nacionales, empresas públicas y concesionarias de servicios
públicos: asignar un cupo mínimo del cuatro por ciento de su planta de personal
a personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para esos
cargos.
La nueva Acordada
El proceso que se
aprueba se basa en un trabajo conjunto del área de Gestión Humana y la Oficina
de Derechos Humanos y Género. Se establece, previo a iniciarse el proceso de
selección, la necesidad de brindar charlas informativas y de sensibilización en
la temática a las áreas donde eventualmente podrían incorporarse las personas
con discapacidad.
El procedimiento
incluye cinco etapas: relevamiento, selección, preparación, inclusión y
acompañamiento. En la primera etapa se recaba información sobre el tipo de
trabajo, funciones, tareas y herramientas tecnológicas de cada área. Un segundo
momento de esta fase es el diagnóstico de la accesibilidad edilicia, para
conocer las adecuaciones necesarias.
La segunda etapa, de
selección, incluye la realización propiamente dicha del concurso específico
para personas con discapacidad, siempre con miras a cumplir con el 4 por ciento
fijado como meta. La Acordada detalla los pasos del concurso, desde la vacante,
el llamado, hasta la evaluación y selección.
Una tercera fase es
la preparación, mediante sensibilización de los equipos de trabajo y la
realización de las adecuaciones necesarias para el desenvolvimiento laboral de
quien haya ganado el concurso.
El cuarto momento es
la inclusión, donde se pone en conocimiento de la persona que ingrese de la
estructura organizacional, presentación de compañeras y compañeros de trabajo,
asignación de tareas, entrenamiento específico.
Finalmente, la
Acordada describe la necesidad de un acompañamiento: “esta instancia requiere
de la mayor atención durante el proceso de inclusión de las personas con
discapacidad” y su duración es variable. Prevé acudir a las modalidades de
Empleo con Apoyo y Rehabilitación Laboral.
24 enero 2025
Judiciales