Un viedmense fue estafado por una persona que,
telefónicamente, se presentó como integrante de YPF. Mediante engaños, lo
condujo a un cajero, se apropió de su clave, y luego sacó un préstamo por casi
250 mil pesos y le robó el dinero. De esta manera, el vecino de la capital
quedó con una deuda mensual que redujo su haber a solo 5.000 pesos, causándole
graves trastornos. Un fallo del Juzgado Civil N°3 dictó una medida
autosatisfactiva para que el banco no le descuente el préstamo hasta que se
resuelva la cuestión de fondo.
La estafa
El hecho ocurrió en febrero de este año, cuando la esposa
del damnificado recibió un llamado telefónico de una persona que manifestó ser
representante de la petrolera, quien le comunicó que había salido sorteada en
un concurso televisado por Crónica TV y ganado el tercer premio de 150 mil
pesos más un Smart TV de 55”.
Le explicó que para poder cobrar la suma de dinero debía
contar con una caja de ahorro y acercarse a un cajero automático para llevar a
cabo un “Clearing” que consistía en una serie de pasos muy sencillos que le
iría explicando. Refirió en la denuncia que en todo tiempo el interlocutor le
repetía que no debía revelar ningún dato confidencial ni clave, que no le
pedirían suma alguna, toda vez que se trataba de un premio.
Sin percatarse del engaño se acercó a un cajero con su
tarjeta y siguió las instrucciones del interlocutor quien le instruyó que
ingrese la tarjeta al cajero y coloque la clave habitual, una vez allí que vaya
a “otras operaciones”/ “gestión de claves”/ “Homebanking banca móvil”/ “Obtener
clave”, ingresar una serie de números que le dictó / “confirmar”.
Asevera que la operación emitió un ticket que debió
enviarle por imagen y que finalizada la operación, el interlocutor le comunicó
que sólo se habían podido transferir la suma de $75.000 y que para que pudiera
cobrar el premio era necesario que se acredite su totalidad, preguntándole si
no disponía de otra cuenta para transferir el resto. Por lo que su hermana le
prestó la suya y fueron juntas al Banco Nación, donde posee caja de ahorro
sueldo, donde realizó la misma operatoria que la descripta.
Por la noche, advirtiendo que el dinero del supuesto
premio no se acreditaba en la cuenta, se acercó al cajero junto a su esposa
para verificar el estado de los movimientos y visualizaron que tenían generado
un préstamo de $244.700 y dos transferencias de $122.000 y $120.000
respectivamente, a destinatarios desconocidos.
Debido a los descuentos mensuales por el crédito, solo
percibe 5000 pesos de sus haberes, lo que sumió a su familia en una situación
de indigencia, sobreviviendo estos dos meses con deudas y ayudas de allegados.
En su demanda el damnificado expresó que solicitó el
“Stop debit”, pero no fue acatada por el banco. Explicó que el tiempo que
insume la investigación penal y las eventuales acciones civiles o del
consumidor y los descuentos realizados por el banco, y el correcto balance de
los derechos en juego justifican la medida de protección anticipada que pidió.
El fallo
Inicialmente, la resolución explica el carácter jurídico
de la medida solicitada. Dice que en este caso se tuvieron por satisfechos los
requisitos de verosimilitud y peligro en la demora. Recuerda que el el art. 230
CPCC concibe una finalidad instrumental ambivalente pues sirve a la eficacia de
la sentencia final procurando que en el tránsito hacia ella se mantenga la
situación, si de su modificación se siguiera el peligro de daño.
“En el afán de evitar un daño mayor observo razonable y
procedente la medida solicitada, por lo que de conformidad con lo establecido
en el art. 230 y cc del CPCC, resuelvo ordenar al Banco Patagonia S.A. la
suspensión inmediata de los descuentos” y la prohibición de “cobrar por
cualquier medio compulsivo” o inclusión en cualquier padrón de morosos “durante
la tramitación de la acción civil de daños y perjuicios que dice entablará
contra la entidad bancaria”, expresa el juez.
Además, expresó que resulta pertinente desde esta
perspectiva precautoria, disponer que ostente efectos retroactivos”, por lo que
el banco deberá devolver las cuotas descontadas.
23 enero 2025
Judiciales