El Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegó el recurso
extraordinario federal interpuesto por la defensa particular del médico Leandro
Rodríguez Lastra, condenado en Cipolletti por incumplimiento de los deberes de
funcionario público.
El fallo desestimó la existencia de arbitrariedad u otra
cuestión federal que ameritara la excepcional intervención de la Corte Suprema
de Justicia de la Nación. Consideró que las cuestiones planteadas por la
defensa ya fueron resueltas por el Tribunal de Juicio y por el Tribunal de
Impugnación.
Rodríguez Lastra fue condenado por el delito de
incumplimiento de los deberes de funcionario público a las penas de un año y
dos meses de prisión y el doble de inhabilitación por no haber realizado un
aborto no punible. La paciente había sido víctima de una violación y no pudo
acceder a la interrupción de su embarazo.
La sentencia de Cipolletti fue dictada el 4 de octubre de
2019, aunque luego la defensa del médico interpuso recursos ante el Tribunal de
Impugnación. Ese tribunal confirmó lo resuelto y después se anexaron las pautas
de conductas que debía cumplir el médico. En esa instancia el profesional
nuevamente presentó otra impugnación extraordinaria y como consecuencia de su
rechazo una queja ante el STJ.
El STJ encadenó dos situaciones que ocurrieron primero en
el hospital de Fernández Oro, al que concurrió la paciente la primera vez, y luego
en el hospital de Cipolletti.
En Fernández Oro se determinó que la paciente se
encontraba cursando un embarazo producto de una violación y que era su voluntad
interrumpirlo, para lo que había dado su consentimiento informado (29/03/2017),
circunstancia que le fue transmitida vía telefónica a Rodríguez Lastra.
El médico recibió a la paciente en el Hospital Área
Programa de Cipolletti (02/04/2017), con el proceso de interrupción en curso,
oportunidad en que el imputado no solo no permitió que el aborto siguiera, sino
que lo impidió, al suministrar determinada medicación que inhibía las
contracciones que aquella ya tenía.
En función de esos argumentos el máximo tribunal
desestimó el planteo de la defensa que procuró separar lo ocurrido entre ambas
fechas alegando su desconocimiento de la identidad de la paciente que recibía,
respecto de aquella de la cual había sido informado por teléfono días atrás.
Ahora el STJ rechazó el recurso extraordinario federal.
En consecuencia, la única posibilidad que le queda a la defensa para llegar a
la Corte Suprema es a través de una queja.
17 enero 2025
Judiciales