Un repositor que
realizaba tareas de carga y descargas para el sector de fiambrería de un
supermercado viedmense comenzó a tener dolores agudos en la columna,
acompañados de hormigueo en sus extremidades superiores y adormecimiento en sus
piernas. Había cumplido esas tareas durante doce años, 8 horas diarias.
Luego de una larga
evolución de todos los síntomas que presentó su patología, decidió hacer la
denuncia ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo. Detalló los estudios que
evidenciaron la existencia de diversas protusiones y hernias.
El empleado sostuvo
que el tratamiento otorgado por la ART fue parcial. Entonces efectuó la
presentación ante la Comisión Médica, que concluyó que era una enfermedad
inculpable, es decir que para su óptica los padecimientos no estaban originados
en la tarea que desarrollaba en el supermercado.
De esta manera, el
trabajador realizó la denuncia judicial. Ya en el expediente, el apoderado de
la ART recordó que se le realizaron los estudios correspondientes y se les
otorgaron las prestaciones hasta el alta médica. Remarcó la decisión de la
Comisión Médica.
En el proceso se
pidió la intervención de un perito médico. El especialista concluyó que el
trabajador “padece una Enfermedad Profesional, hernia discal lumbar que le
ocasiona lumbociatalgia”.
Respecto a si el
origen podía a raíz de las tareas que desarrollaba en La Anónima, “se cumplen
con los criterios necesarios: carga, posiciones forzadas y gestos repetitivos
de la columna vertebral lumbosacra. Exposición: 8 horas diarias durante 12
años. Enfermedad: Hernia Discal Lumbo-Sacra con o sin compromiso radicular que
afecte a un solo segmento columnario”. De esta manera, es concluyente:
“Relación de Causalidad: constatada”.
Luego de las pericias
médicas se probó que el empleado padece una incapacidad parcial y permanente en
el orden del 10,05% de la total obrera, susceptible de ser resarcida en los
términos de la Ley 24.557 de Riesgo de Trabajo.
Por último la Cámara
del Trabajo de Viedma condenó a la empresa Experta A.R.T. S.A. a abonar al
empleado en concepto de indemnización por la incapacidad laboral reconocida, e
intereses la suma de 1.160.943,57 pesos.
17 enero 2025
Judiciales