A un albañil se le cayó una regla de metal de 15 kilos desde lo alto de
un techo. Golpeó directamente sobre su nariz y le causó una importante lesión.
El obrero de la construcción se desempeñaba en obras civiles.
Fue atendido en el Hospital de Viedma y, luego de la denuncia, la ART lo
derivó a un especialista en otorrinolaringología, en un instituto de mayor
complejidad de Neuquén. Allí se le realizó una cirugía de rinoplastia y se le
brindaron las prestaciones correspondientes hasta el alta.
Luego tomó intervención la Comisión Médica y emitió el dictamen.
Entendió que existía un porcentaje de incapacidad. Sin embargo, el trabajador
insistió en que ese porcentaje era mayor e inició la demanda.
Se presentó Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA y rechazó
los argumentos de la presentación del trabajador.
La pericia médica concluyó que el hombre presentó un traumatismo directo
sobre el rostro por una regla de albañilería y quedó con una incapacidad
parcial y permanente en el orden del 11,70% de la total obrera, susceptible de
ser resarcida.
En el fallo se acreditó que la parte demandada abonó la suma
correspondiente a la incapacidad determinada administrativamente. También se
verificó que existe una diferencia impaga respecto de la cual la demandada se
encuentra en mora.
Por ello, la Cámara Laboral de Viedma condenó a Provincia Aseguradora de
Riesgos del Trabajo S.A. a abonarle en concepto de diferencia de indemnización
por la incapacidad laboral reconocida e intereses la suma de 579.651,30 pesos.
Se suma a lo reconocido oportunamente.
17 enero 2025
Judiciales