Interlagos: comienzan a cobrar los ex empleados

La Justicia cipoleña aprobó el proceso de pagos de la ex Embotelladora del Comahue

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Ayer fue aprobado el informe final y el proyecto de distribución de fondos presentado por la sindicatura en la quiebra de la fábrica Embotelladora Comahue de Cipolletti. Con ello comenzarán a cobrar sus créditos los ex trabajadores de la planta. Se  trata de una asignación parcial de fondos, puesto que todavía no se completó el pago por parte de la firma que ganó la licitación.

La resolución del Juzgado Civil N°1 aprobó los gastos del concurso (honorarios y gastos de conservación) y la asignación de las sumas excedentes –más de $ 61.000.000- a prorrata entre los acreedores laborales.

En octubre del año pasado, la fábrica de gaseosas Interlagos de Cipolletti fue adjudicada a Inversiones Ramaja S.A que en la licitación pública había ofrecido 100.000.000 de pesos. Luego de decretarse la quiebra se realizaron distintos intentos por vender la empresa. Finalmente se presentaron tres ofertas a la última licitación pública. La de Inversiones Ramaja S.A fue la mayor de las ofertas presentadas.

La resolución que adjudicó la licitación sostuvo que se priorizaba "la obtención del mayor producido con el consiguiente mejor provecho para la masa de acreedores".

Así la fábrica en quiebra fue adjudicada a Inversiones Ramaja S.A que ofreció 100.000.000 de pesos, bajo el compromiso de entregar un 70% del total al contado y el restante 30% en un plazo de 12 meses con intereses.

La de octubre del año pasado fue la tercera licitación que se convocó a lo largo del proceso. En los dos llamados anteriores no se habían presentado oferentes. La última base fue de 65 millones de pesos.

Entonces, el proyecto de distribución de fondos es por ahora parcial, ya que la adquirente todavía está en plazo para abonar el 30% que financió. Cuando esto suceda, habrá una distribución complementaria a favor de los ex-trabajadores.

"El informe final y de distribución de fondos presentado por la sindicatura resulta ajustado a las constancias de la causa, resguardan lo necesario para la cancelación de las acreencias que ostentan la preferencia del art. 240 LCQ, y distribuye correctamente el excedente disponible a prorrata entre los acreedores preferentes de igual rango y naturaleza (laborales), todo ello según montos oportunamente verificados e intereses devengados que, en la forma y durante el lapso que se indica en el informe y planillas anexas, también surgen adecuadamente calculados por el síndico", surge de la resolución firmada ayer por el juez de la quiebra.

 

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