Un hombre que trabajaba en un supermercado mayorista
sufrió una seria lesión en la rodilla, que le dejó una incapacidad permanente.
El operario transportaba en un auto elevador productor en un pallet, cuando las
maderas se rompieron. Al intentar descender, pisó un poso y cayó con el pie trabado hacia un costado.
Inmediatamente escuchó un sonido extraño en la rodilla,
seguido de molestia, dolor e inflamación. Se hizo la denuncia del accidente
ante la ART del Autoservicio Mayorista Diarco S.A. y el trabajador fue
enviado a la guardia del Sanatorio Austral, donde lo examinaron y le hicieron
placas.
A la semana siguiente le indicaron un estudio médico de
resonancia en la Clínica Viedma, y después de diez días lo derivaron a la
ciudad de Bahía Blanca, donde fue examinado por una traumatóloga. Por la sesión
fue intervenido quirúrgicamente.
Posteriormente fue dado de alta y la Comisión Médica
emitió su dictamen con un porcentaje de incapacidad que el trabajador consideró
equivocado e insuficiente. Inició una demanda para que se le reconozca un
porcentaje de más del triple de lo concedido.
En el expediente, los apoderados de Galeno ART aceptaron
la cobertura, pero defendieron el porcentaje de incapacidad de la Comisión
Médica. Dejaron sentado que hicieron el depósito correspondiente.
Oportunamente se realizó un informe pericial médico en el
cual figuraba que la rodilla derecha del trabajador estaba estable sin signos
de flogosis ni edema, signos meniscales negativos. Sin embargo, se observó
limitación funcional en la flexión con extensión completa.
Tras revisar todos los antecedentes y realizar los
cálculos correspondientes, la Cámara Laboral de Viedma condenó a Galeno ART
S.A. a abonarle al trabajador medio millón de pesos, aproximadamente, más los
intereses.
17 enero 2025
Judiciales