El Superior Tribunal de Justicia (STJ) a través de la
Acordada 47/21 incorporó definitivamente las audiencias virtuales a los
procesos judiciales de Río Negro. La herramienta rige para todos los fueros y
en cualquier status sanitario. Se implementó durante la cuarentena estricta,
pero ahora es parte del menú de opciones.
Entre los fundamentos de la Acordada, se consignó que las
audiencias remotas han demostrado que facilita el acceso a justicia a quienes
se encuentran alejados de las sedes de tribunales o impedidos por cuestiones de
salud, dando mayor agilidad y eficiencia al proceso. Y que la modalidad
colabora con la economía de los y las justiciables, y optimiza los recursos y herramientas ya desarrollados e
implementados con éxito por el Poder Judicial toda vez que evita traslados,
insumo de tiempo, etc.
Con la habilitación que al STJ le otorga la Ley 5327, la
Acordada 47/21 complementa los códigos procesales con la incorporación de las
audiencias remotas al menú de opciones disponibles en los procesos judiciales.
Es decir que con esta misma herramienta los jueces y las
juezas podrían determinar – por ejemplo - que todas las audiencias sean
virtuales, en el caso de una nueva pandemia.
Por ello la Acordada y sus protocolos regula todos los
fueros y rige tanto en época de pandemia, como en la pos pandemia o normalidad.
En plena cuarentena estricta, a fines de abril de 2020,
el STJ aprobó por resolución la realización de audiencias remotas. Para su
implementación se utilizaron muchos de los recursos de digitalización que el
Poder Judicial ha ido incorporando en los últimos años.
En ese momento se adquirieron licencias Zoom que se
ensamblaron al sistema totalmente audiovisual y digital, ya existente a partir
de la Reforma Procesal Penal. En los demás fueros las audiencias remotas
también se compatibilizaron con el expediente digital y los sistemas de
notificaciones.
17 enero 2025
Judiciales