2- La Licitación del llamado desarrollo integral del Cerro Perito Moreno, adolece de nulidad absoluta atento a las numerosas irregularidades que contiene su proceso (ver anexo II):
1-Se concesionaron 2100 has. dentro de zona roja de bosque de Lenga (ley 26331) y en zona peri-glaciar
2-Incumplimiento del objeto de la licitación.
3-Falsedades en el pliego
4-Direccionalidad a favor de Maximiliano Mazza
3- Actuación del CODEMA: Nos vimos compelidos a iniciar Mandamus ante el Superior Tribunal de Justicia, ante la violación de la Ley 3266 por parte del CODEMA, por carecer de audiencia pública y por haberse violado el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, en la pretensión de la construcción de una nueva planta urbana de dimensiones mayores que la ciudad de El Bolsón.
4-Reserva de la Biosfera Andino Nor-Patagónica (declarada por la UNESCO en el 2007): Toda el área se encuentra en zona de amortiguación, lo cual impide urbanizaciones. El accionar del CODEMA pone en riesgo la existencia misma de la reserva como tal.
5- Fuente de agua: La Pampa de Ludden es un acuífero que nutre de agua a los Arroyos Bartolo, Negro, del Medio y la red de canales de Mallín ahogado, que sería drenada y contaminada por la urbanización que se pretende. Estas aguas son las que estamos tomando 3000 pobladores rurales y con ellas regamos nuestras chacras.
6- Zona Rural: Adherimos en lo dispuesto en el art 10 de la carta orgánica de El Bolsón cuando dice:
“En la localización de las actividades antrópicas y en el desarrollo de asentamientos humanos se deberá considerar en forma prioritaria la vocación de cada zona o región en función de los recursos ambientales y la sustentabilidad social económica y ecológica. En innumerables oportunidades nos hemos manifestado siempre a favor de la ruralidad como modo de vida.
GARANTIZAR EL DERECHO AL AGUA COMO UN DERECHO HUMANO INALIENABLE PARA LA VIDA ES GOBERNAR PARA TODOS
Asamblea en Defensa del Agua y la Tierra
14 enero 2017
Cartas de Lectores